dissabte, 14 de maig del 2022

CARTA 5. Códices litúrgicos que se conservan en la Biblioteca de la santa Iglesia Metropolitana de Valencia.

CARTA 5. 

Códices litúrgicos que se conservan en la Biblioteca de la santa Iglesia Metropolitana de Valencia. 

Mi querido hermano: He comenzado estos días el examen de los códices litúrgicos que se conservan en esta santa Iglesia de Valencia, cuya razón voy a darte con la posible brevedad, pues lo he prometido. 

Primero hablaré de los que pertenecen a otras Iglesias, entre los cuales me han llamado la atención tres ejemplares de un misal inglés, todos en vitela, de diversos tamaños, escritos a fines del siglo XIII, o principios del XIV. 

Consta que son ingleses, no sólo por la multitud de Santos de aquella nación que celebra la mayor parte con octava, y por estar en la lengua de aquel país la fórmula de los esponsales; sino principalmente porque en un rasgo de la pluma del escritor al fin de uno de ellos, se lee que era de (1) Westminster (pone West-minster), acaso de la famosa y antiquísima Abadía de Benedictinos. Lo más notable que hay en ellos es la (2) secuencia para cada Domingo de Adviento: (3) cosa que sabes cuan rara es respecto de un tiempo en que por lo común cesa toda señal de alegría. Y aun echo de ver que estas son diferentes de los pocos ejemplares de esta excepción que cita Martene. (4) También tienen prosas para todas las fiestas de los Santos; y para que no falte a ninguna de ellas esta solemnidad, (5) las ponen en las misas comunes. A la oración secreta llaman secretum a diferencia de los nuestros antiguos, que unos la llaman sacra otros sacranda. En lo demás son harto conformes al romano. 

Hay también un misal escrito por un Bertrando Daynnier, loci de Flamnaco Dioecesis Ruthenensis (de Rodez) anno 1469. Otro también MS. en vitela en 4.° de la Iglesia de Roma, que fue del uso del Ven. D. Miguel Amigó, Presbítero valenciano: es de fines del siglo XV.

Item, Missale Ord. Minor. Venetiis edit. ab Octav. Scoto 1482 en 4.° 

Se halla también un breviario de la Iglesia de Cartagena MS. en 4.° en muy buen papel, pero diminuto. Carece de salterio: de los himnos sólo nota el primer verso, y de las lecciones la primera cláusula: pone en algunas fiestas dos añas, ad Magnificat: el Santoral comienza por la fiesta de S. Juan ante portam Latinam, y acaba con la de la Invención de la Cruz. La primera lección principia casi siempre por la del Martirologio. No se halla en él fiesta alguna posterior al siglo XII, ni aun de la del Corpus hace mención, sino por incidencia, hablando de los tiempos en que se debe decir el oficio de la Virgen. También parece favorecer mucho a la antigüedad de este códice la rúbrica del día de la Natividad del Señor, en la cual previene que las misas del gallo y de la aurora no se terminen con Ite missa est, sino con Benedicamus Domino; nè populus, dice, licenciatus ab Ecclesiam ad missam majorem non redeat. Palabras que manifiestan mucha proximidad al siglo XI, en el cual se escribió el libro intitulado Micrologus de observ. Eccles., en cuyo capítulo XXXIV hallo lo siguiente: Finitis nocturnalibus vigiliis, missa Dominus dixit ante matutinales laudes cum Benedicamus Domino, non cum Ite missa est completur, ne populo quasi licentiam abeundi infra matutinales laudes dedisse videamur, quas statim post missam, iterum concrepantibus signis, incipere solemus. Sin embargo, creo que este códice se escribió en el siglo XV, como lo manifiesta el carácter uniforme con las notas que puso algún curioso en las primeras y últimas hojas por los años 1460.

Vengamos ya a los códices propios de esta Iglesia, los cuales por lo general son del siglo XV, aunque alguno de ellos alcanza tal vez a los últimos años del XIV. Y es bien de admirar que entre tantos misales como se conservan, sólo haya quedado un breviario en folio MS. en vitela el año 1464, como consta de las tablas del cómputo eclesiástico. Otro ejemplar idéntico existe en la Iglesia parroquial de los Santos Juanes de esta ciudad, pero está escrito cuatro años antes. Contiene las constituciones sobre los oficios divinos, que el año 1408 formó el Obispo de esta Iglesia Don Hugo Lupia y Bagés con su Cabildo, las cuales envié el correo pasado. Aunque dejo para los siguientes la noticia de algunas costumbres de esta Iglesia, no puedo omitir hoy una cosa harto singular de este códice; y es, que en las principales festividades después del Resp. IX de maitines, pone una como prosa de seis u ocho versos, a la cual llama constantemente verbeta. Palabra usada también en algunas fiestas por un breviario del monasterio de Sixena (Sijena) que existe en la biblioteca de esta Universidad impreso en Zaragoza por Jorge Coci el año 1547; pero desconocida a los autores litúrgicos y gramáticos que he visto hasta ahora. Tal vez puede derivarse de los verbos verbicino, verbosor como si dijera: mucha, o nimia, o más alabanza. A no ser que la tengamos por lemosina en su origen, y alusiva en la significación a la voz verbet, con que los comerciantes de telas de seda de este país llaman a la tarjeta o papelillo cosido a las piezas de ropa donde apuntan su precio, varas &c. Esto (se) me ocurre ahora, no alcanzo más. De esta prosa no queda rastro alguno en los breviarios que se imprimieron; de los cuales, aunque se hicieron varias ediciones, no he hallado sino la de esta ciudad del año 1533. typis Francisci Romani; he visto de ella dos ejemplares en esta biblioteca de Santo Domingo, uno en 8.°, y otro en 12.° Coinciden en gran parte con el referido breviario MS., como también un diurno de esta Iglesia que se guarda en su archivo, y es de los principios de la imprenta, aunque carece de las primeras y últimas hojas. 

Aún a mediados del siglo XVI trabajó esta Iglesia en la reforma de su breviario, como se ve por el que dejaron MS. los eruditos valencianos Manfredo Escrivá, Gerónimo Carróz (Carroç), Luis Sabater, Tomás Real, Gerónimo Palomares, Sebastián Juan Pellicer y Miguel Sanz. Es digno de aprecio el celo y la prudencia con que estos sabios intentaron purificar los oficios eclesiásticos de ciertas nimiedades y pías representaciones antiguamente usadas, de las cuales no necesita la Iglesia para mostrar a sus hijos con todo decoro y majestad los misterios de nuestra santa Religión. No sé qué causas pudieron impedir la impresión de este códice, que se guarda en el mismo archivo, habiendo mediado tantos años desde 1544, en que le concluyeron, hasta la reforma de San Pío V. Los misales MS. de esta Iglesia son en mucho mayor número. Dos de ellos contienen únicamente las misas de las fiestas principales en que debía celebrar el Obispo. Los demás ofrecen variantes de alguna consideración, de que hablaré en los correos siguientes. En sus calendarios, que he copiado, anuncian la fiesta de S. Juan Chrisóstomo de este modo: San Joannis os auri, o aurei, Ep. et Mar. sin declinar jamás el dictado os auri, y dándole en todas las oraciones el dictado de mártir. Abundan en misas votivas y en secuencias, aunque en uno y en otro les exceden el impreso en Venecia, año 1492 fol., y mucho más el impreso allí mimo el 1509. Del primero hay dos ejemplares, uno de ellos en vitela, y nueve o diez del segundo. También se conserva otra edición de Zaragoza hecha por Coci año 1528. Otra reforma del misal emprendió esta Iglesia a mediados del siglo XVI, como se ve en el que dejaron en el archivo lleno de enmiendas, y con la añadidura de muchos prefacios propios, seis de los cuales son del Sr. D. Martín de Ayala.

Estos y otros misales prueban a mi juicio lo que algunas veces hemos hablado, que la mudanza de nuestra liturgia en el siglo XI se limitó al canon y al orden de las preces antes y después de él; mas no alteró la substancia de las oraciones que se conservaron en gran parte como en el mozárabe (pone muzárabe). Tales son las que prescriben estos códices a los Sacerdotes para vestir los ornamentos sagrados: la bendición del pan al tiempo de la oferta (ofrenda) del pueblo: la bendición in unitate Sancti Spiritus, benedicat vos Pater et Filius: la oración Aperi Domine, os meum antes del Te igitur; y otras muchas, que por lo que se halla en los códices anteriores, se ve que las conservó la tradición de los tiempos antiguos. 

No sé si merecerá toda la atención que yo creo la figura de la casulla, con que en varias letras iniciales del misal de 1509, se dibujó vestido el Sacerdote en ademán de celebrar el incruento sacrificio. Es cerrada enteramente, y doblada sobre los brazos, en todo igual a la planeta antigua. Tal vez pudiera conjeturarse que este era el uso de esta Iglesia por aquel tiempo; pero yo más bien diré que los impresores venecianos quisieron expresar la costumbre de la suya. Como quiera, se echa de ver que en una o en otra parte duraba aún en el siglo XVI (6) la casulla talar redonda, sin otra cisura que la necesaria para la cabeza. Igual figura se observa en las no despreciables y bien conservadas miniaturas de un ceremonial de Obispos. Parece del siglo XIV, y no de esta Iglesia. Los Diáconos nunca se pintan sino con túnica talar blanca cerrada del todo, con mangas hasta la muñeca. Los Obispos con planeta, y la mitra mucho más abierta que ahora, y las dos cúspides más bajas, aunque no tanto como las que se ven en el sepulcro 

del IV (4°) Obispo de esta Iglesia D. Jasperto de Botonach, que murió en 1288. La corona de Ministros más parece de los monjes de ahora que del clero secular. Se conservan también en esta Iglesia tres libros de evangelios impresos en Valencia en 1520 por Jorge Costilla, Cordobés. Otros tres de epístolas MSS. del siglo XV, y varios misales hasta el número de veinte y cinco a treinta. Hallé también un tomito en 4.° impreso en Valencia por Juan Jofre en 1529 intitulado: Forma calendarii, con tablas para un calendario perpetuo, y varias reglas para los cómputos &c. del uso de los Religiosos menores de San Francisco de la provincia de Aragón; y otro breviario en 4.° MS. en vitela del siglo XV para uso de la misma Orden. 

Se me olvidaba dar noticia de un collectario, o como llaman capitula, MS. en 8.° del mismo tiempo, en el cual se hallan algunas antiguallas. Entre otras la Benedictio sagittarum (saetas, flechas), para preservar a los que las lleven consigo de heridas de todas clases, y la Oratio pro declaratione Regis Aragonum. Juzgo que fue del uso de algún convento de Religiosos de nuestra Señora de la Merced o de los Trinitarios por las oraciones y preces que hay en las primeras y últimas hojas pro fratribus redeuntibus à redemptione captivorum, y también in captivorum advenientium receptione. 

Marcha el correo, y no puedo concluir hoy esta descripción. Algo queda para el siguiente. Dios te guarde. Valencia 20 de Noviembre de 1802. 


NOTAS Y OBSERVACIONES. 

(1) Westminster... famosa y antiquísima Abadía de Benedictinos. Este insigne monasterio no fue fundado en el primer siglo de la Iglesia por S. Pedro Apóstol, cuya invocación tiene, como aseguran algunos escritores ingleses de estos últimos siglos, sino en el VII por el monje Melito, que después fue Obispo de Londres, y adelante Arzobispo de Canterbury (pone Cantorbery), con el auxilio del Rey Sebertho, a ejemplo, y tal vez a instancia de S. Agustín el Apóstol de Hibernia, como juzga Mabillon. Tomó el nombre de Westminster de la situación occidental (west, oeste), donde se edificó, para que correspondiese a la Iglesia Catedral de S. Pablo, poco antes edificada al oriente de Londres por el Rey Ethelberto.

Deteriorada esta casa por la injuria del tiempo, hacia la mitad del siglo XI la restableció y reedificó magníficamente en diez y seis años el santo Rey Eduardo (Mabil. Annal. Bened. ad ann. 1049. t. IV. p. j510.) En su Iglesia fueron sepultados este santo Rey y su esposa Etgith, desde cuyo tiempo, en que Guillermo su sucesor le concedió también muchas posesiones, o acaso desde el reinado de Enrique III (pone Henrique, Henry), que la reedificó a principios del siglo XIII al estilo gótico, se destinó para sepultura de la Casa Real, con cuyo motivo hizo en ella Enrique VII un rico panteón para sí y sus sucesores. Del deplorable estado de este templo después de las turbaciones religiosas de aquel reino habla Ponz en su Viaje fuera de España (t. II. pág. 10 y sig.) De los célebres escritores que florecieron en este monasterio desde su fundación, y de otros señalados servicios que a sus monjes debió la religión antes de Enrique VIII, tratan S. Anselmo en sus cartas (lib. I. Ep. XIII. XVI. XXXVI.), Userio en las Antigüedades británicas (p. 128.), y Mabillon en los Anales Benedictinos (t. III. p. 546. y t. V. p. 434. 435.) 

(a) Secuencia para cada Domingo de Adviento. Para muestra de estas secuencias pondremos solo la de la Dominica IV de Adviento, que dice así: 

Jubilemus omnes unà

Deo nostro qui creavit omnia,

Per quem cuncta condita sunt saecula: 

Caelum quoque plurima luce coruscat, et diversa sunt sidera

Sol mundi stema, noctium decus luna, caeteraque splendentia,

Mare, solum, alta, planaque, profunda flumina, 

Aeris alta spatia quò discurrunt aves, venti, atque pluvia, 

Haec simul cuncta tibi soli Deo Patri militant, 

Nunc et in aevum sine fine per saecula laus eorum tua gloria. 

Qui pro salute nostra prolem unicam 

Patri in terra missisti sine culpa ob nostra delicta. 

Te Trinitas, precamur, ut corpora et corda nostra 

Regas et protegas, et dones peccatorum veniam. 


(3) Cosa... rara respecto de un tiempo en que por lo común cesa toda señal de alegría. No es extraño que en los misales haya secuencias para cada Domingo de Adviento. Hállanse también ejemplares de esto en nuestros misales antiguos. Porque durante el Adviento y lo demás del año, a excepción de los ayunos y de la Quaresma (Cuaresma), por antigua tradición se cantaba en España el Alleluia (aleluya), como dice S. Isidoro (de Div. offic. lib. I. c. III), al fin de la cual solía alargarse sin palabras ni sílabas el canto con el aliento o respiración prolongada, o voz sostenida, que eso quiere decir pneuma, sonus quidam laetitia sine verbis, como dice S. Agustín (in Ps. XCIX, n. 4.), que son las notas multiplicadas sobre la última a de Alleluia, por cuya causa en algunas Iglesias la llamaban balido (V. de Vert. Expl. des cerem. de l' Eglis. p. I c. IV. t. III. p. 107.) para manifestar el gozo del alma cuando alaba a Dios, y para elevarla a la contemplación de su gloria. Dum vero, decía Ruperto, psallimus Alleluia, jubilamus magis, quàm canimus, unamque brevem digni sermonis syllabam in plures pneumas protrahimus, ut jucundo auditu mens attonita repleatur, et rapiatur illuc ubi sancti exultant in gloria (Rupert. de Offic. div. lib. I. cap. XXXV.). 

Estas neumas o expresiones de júbilo, según advierte el orden romano, se llamaron secuencias, como si dijésemos, secuelas de la Alleluia: sequitur jubilatio, quam sequentiam vocant. A algunos les pareció mejor, dice Grancolas (les Ancien. liturg. pág. 507.), suprimidas las neumas, poner en vez del simple sonido algunos cánticos, especialmente en los días solemnes; lo cual dio ocasión a que se introdujesen en la liturgia en las grandes fiestas las prosas llamadas todavía secuencias porque se siguen al Alleluia. Costumbre que parece hallarse ya establecida en tiempo de Hugo de S. Víctor, que dice: Quando sequentia dicitur, posterius Alleluia non habet pneuma, sed chorus loco ejus sequentiam concinit. (de Myster. c. VII.) 

Estas palabras ligadas de esta suerte a la neuma, quiero decir, a las notas con que se cantaba el remate de la Alleluia, presto fueron divididas en estrofas o versículos. Y como desde la introducción de esta novedad se distribuyeron las palabras por notas, de modo que a cada nota correspondiese una sílaba, quedó después silábico el cántico de las prosas. Mas adelante, experimentándose cuan difícil era guardar esta perpetua sujeción a las notas del Alleluia, se tomó de ahí motivo para introducir en las prosas otros cantos, bajo distintas notas de las que servían para cantar el final o la secuencia del Alleluia. Por eso ya en el día en nada conviene el canto de las prosas con el del Alleluia, y aun algunas de ellas rematan con Alleluia (V. de Vert. loc. laud, p. 109).

En esto se ve también la razón por que recién introducido este rito, no se decía secuencia sino en las misas cantadas que tienen Alleluia, cuyo apéndice, por decirlo así, era la secuencia. Y así notó Durando que no debía decirse prosa cuando no se dice Alleluia, porque la prosa se sustituyó a la neuma. Por eso debió decir Maldonado en su tratado MS. de las ceremonias de la misa (ap. Lebrun. Cerem. de la Mis. p. II. art. VI.): 

"colligo curiositate privata aliquorum Sacerdotum fuisse additam prosam in missis, quae pro defunctis dicuntur: ut dicant Dies illa, dies irae. Quod fit extra rationem, et antiquos missales libros qui tantum habent sequentiam in diebus laetis.” Y así el misal dominicano hecho en Salamanca el año 1576 prohibió que se cante la prosa de la misa de los difuntos por ser contra rúbrica. Adelante no haciendo alto en la institución de las prosas, ni a que en su origen fueron como una continuación de la Alleluia; mas considerándolas como himnos o deprecaciones propias de la solemnidad y del oficio, y teniéndose por solemne la misa cantada de difuntos, se permitió que se cante en ella la secuencia; y así algunos misales no la mandaban decir en las misas rezadas. Ahora se dice indistintamente en todas las misas de difuntos. 

(4) También tiene prosas para todas las fiestas de los Santos. Pondremos de estas prosas una u otra muestra. 

Dominica infraoctava Nativitatis

Sequentia.

Christi hodierna celebremus natalitia: 

Caelica resonent clara camenas agmina,

Nunc regis celebrando gradulanter nuptias.

Lux nova jam terras illustrat veteres pellens tenebras,

Reserat superna gratia diu clausa palatia.

Faelix Mater et sola intacta Virgo et puerpera:

Cum jam Nato stas gravida cum viri sis cubilis nescia.

Omnis caterva nostra te rogat, Domina,

Solvas ut nostra cuncta peccaminum vincula Virgo sempiterna beata. 

Digna fuisti sola tollentem crimina 

Intra uteri claustra portare, qui gubernat omnia superna, infera. 

Hunc suam laudant facta, gaudentque bona qua vivunt super essentia. 

Nos humillima turba damus debita, poscentes ejus dementiam, 

Ut nostra praestans tempora nunc quieta, 

Det placidam frui vitam, utilia donando famulis munera; 

Ac inter nos discrimina saeva solvens post funera derelicta,  

Sedem ducat mortis ac malorum ignaram; 

Ubi ad dexteram Patris almam sedet, conregnat, aeternus per omnia, 

Potenter cuncta disponendo cum eo saecula praesentia, 

Beata justis donans omnibus praemia

Praeclara qua lux vere micat, quae est salus aeterna, et nostra gloria.


In festo S. Vincentii Martyris.

Sequentia. 


Stolam jucunditatis, Alleluia.

Induit hodie Dominus militem suum Vincentium 

Solito plaudat alacriùs concio laeta fidelium.

Hodie martyr insignis hostiam Deo placentem obtulit; 

Hodie tormentum ignis graviter examinatus pertulit. 

Animatus ad certamen monitu B. senis 

Gravissimis non refugit exhibere membra poenis. 

Ante ducem accersitur, et de rebus convenitur communis Ecclesiae. 

Sed non caedit blandimentis, emolitur aut tormentis ejus avaritia.

Illuditur Diaconus, dum sustinet martyr sanus poenarum angustias.

Dat minister charitatis, hostibus exuperatis, gratiarum copias. 

Furit igitur Praefectus, et paratus ardens lectus, 

insultantis viscera crates urit aspera. 

Sudat martyr in agone, spe mercedis et coronae, quae datur fidelibus pro Christo certantibus. 

De cujus victoria caeli gaudet curia. 

Quia vicit hodie ministros nequitiae. 

Ut hunc ergo per patronum consequamur vitae donum 

In illius die festo chorus noster laetus esto. 


(5) Pone prosas en las misas comunes. Notgero, o Notkero Balbulo, Abad de S. Gal, en el siglo IX, es el primero que compuso esta clase de prosas con aprobación de Nicolao I. Algunas de estas composiciones métricas y rítmicas de Notkero dio a luz Enrique Canisio en sus antiguas lecciones. Pero ninguna de estas obras aparece en los misales antiguos, así de Roma, como de otras Diócesis. Juan Francisco de Rubeis (dissert. de Sacr. Forojul. ritib. cap. V. §. IV.) impugna sólidamente la narración de algunas circunstancias que añadió a este hecho Ekkcardo en la vida de Notkero (cap. XVI.), publicada por Goldasto (Rer. Alamannicar. t. I.) A lo primero no las tenían sino las misas de las grandes solemnidades, luego se fueron multiplicando de suerte que las había propias en todas las misas. Adam de San Víctor compuso muchas en el siglo XII, las cuales equivocadamente atribuyó Cornelio Schultingio (Biblioth. eccl. t. I. p. II. cap. VI. et VII.) a los Papas Gelasio y Gregorio, como advierte el Cardenal Bona (de Reb. liturg. lib. II, c. VI.) 

Este mismo rito de poner secuencias en todas las fiestas de los Santos se nota en el misal de Aquileya, publicado el año 1517, y en otros MS., así de aquella Iglesia, como de la Forojuliense y Salisburgense (Salisbury), que vio Juan Francisco de Rubeis (V. diss. laud., V. et XIV.) 

Llamóse prosa en contraposición del himno, que es composición métrica, sujeta a cantidad (quantidad) y determinado número de pies: porque la prosa sólo está sujeta a la rima, y a un determinado número de sílabas, y aun hay prosas que no tienen rima ni medida de sílabas, como se ve en alguna de estas muestras del misal de Westminster. 

(6) La casulla talar redonda &c. No hallo repugnancia en afirmar esto de Valencia, puesto que en Roma en ese mismo tiempo estaban en uso las casullas de esta figura, como consta por algunas pinturas de Obispos, e imágenes sepulcrales de Sacerdotes (V. Krazer de Liturgiis, sect. III. art. VI. cap. V. n. 179). Tampoco es inverosímil que sucediese lo mismo en Venecia, donde además de la proximidad a la cabeza del orbe cristiano, acaso imitaron a los griegos, que aún hoy día conservan las casullas cerradas. 

La que usó Calixto III en la canonización de S. Vicente, y se guarda en esta Iglesia de Valencia, está cerrada hasta más abajo de los codos, rematando en punta las dos alas. 

divendres, 13 de maig del 2022

Carta 4, Noticia de los Sínodos de la santa Iglesia de Valencia celebrados después de su conquista.

CARTA 4. 

Noticia de los Sínodos de la santa Iglesia de Valencia celebrados después de su conquista. Hallazgo del de Santo Tomás de Villanueva

Mi querido hermano: Me da nuevo aliento para proseguir en mis tareas el aprecio que has hecho de la serie Cronológica de los Obispos Valentinos, que envié en la última carta. De propósito omití en ella los hechos particulares de estos Prelados y las circunstancias recomendables de su vida; porque sobre ser asunto muy vasto, le tengo por ajeno de mi inspección, que no se ordena a recoger materiales para toda la historia eclesiástica, sino principalmente para la litúrgica; tomando sólo de la primera los auxilios necesarios para distinguir las épocas de los usos y prácticas religiosas. Mas como la mayor parte de estos usos o nacieron, o se autorizaron, o cesaron por disposición de los Sínodos, juzgo necesario añadir una noticia exacta de los que ha celebrado esta Iglesia. 

Me he acabado de resolver a esto por ver cuan ignorados son comúnmente estos Sínodos, muchos de los cuales no se han publicado jamás; aun de los impresos se han hecho algunos sumamente raros, en tanto extremo, que 

varias personas doctas de esta ciudad han llegado a dudar de su existencia. Confieso ingenuamente que a pesar del empeño con que he procurado apurar este punto, acaso no lo hubiera conseguido sin las noticias que debo al erudito Presbítero D. Rafael Anglés, primer organista de esta santa Iglesia. 

Prevengo que algunos Sínodos anteriores a Santo Tomás de Villanueva, sólo me constan por el testimonio del Episcologio (episcopologio) MS. de que hablé en la carta pasada: cuyo autor Mosen Gregorio Ibanyes asegura que existían en un códice de constituciones sinodales, depositado en el archivo de esta Iglesia. Y aunque no he podido ver esta preciosa colección, es de mucha autoridad el testimonio de dicho escritor, que fue Archivero largos años hasta fines del siglo XVI. Por la misma razón no se ha de creer que confundió los Sínodos con las constituciones peculiares para el régimen de esta Catedral, las cuales hacían con frecuencia los Obispos con el Cabildo, o el Cabildo solo en sede vacante. Las establecidas hasta el año 1546 recogió y ordenó el Canónigo Miguel Pérez Miedes, y dedicándolas al Arzobispo Santo Tomás de Villanueva, las imprimió Juan de Mey el mismo año en un volumen en folio. De esta obra rarísima, porque sólo se hicieron treinta ejemplares, formó un Epítome el Canónigo Bernardino Gómez Miedes (de Alcañiz, cuyo libro sobre Jaime I edité), y dedicado al B. Juan de Ribera, le imprimió en la oficina de Pedro Patricio el año 1582 en 4.°; de cuya edición no se hicieron sino cien ejemplares, como consta de la constitución última de dicho volumen. Añadió las constituciones hechas hasta ese año; y este Epítome es el que injirió al fin de su colección de Concilios el Cardenal Aguirre. Dejando pues aparte estas constituciones, en las cuales nunca suena el título de Sínodo, me he propuesto hablar solamente de los congresos que merezcan este nombre.

El primero, que conquistada Valencia procuró seguir el ejemplo de sus mayores, y dar vigor en esta Diócesis a la disciplina eclesiástica, fue su segundo Obispo D. Arnaldo de Peralta, congregando para ello Sínodo diocesano poco después de su elección, como dice el citado MS. Debió de ser esto hacia los años 1243 o 44. El largo pontificado de su sucesor Don Fr. Andrés de Albalat dio tiempo para que pudiese celebrar hasta siete Sínodos en los años 1255, 58, 61, 62, 68, 69 y 73. El Cardenal Aguirre publicó el primero de estos Sínodos, nombrando su verdadero Presidente. Mas de los seis restantes publicó las constituciones sin distinción alguna, atribuyéndolas al antecesor D. Arnaldo de Peralta. Yerro excusable en este sabio escritor, si, como he oído, le engañó el códice valentino, que no he podido ver. La verdad es, que ni D. Arnaldo era Frater, como le llama, sino Clérigo; ni gobernaba por aquel tiempo esta Iglesia, de la cual había sido trasladado a la de Zaragoza en el año 1248.

En el de 1278 celebró Sínodo el IV Obispo D. Jasperto de Botonach. Así el MS., cuyo autor añade que este Prelado hizo muchas y oportunas constituciones, las cuales se hallan en la citada colección.

Por el testimonio del mismo sabemos que su sucesor D. Fr. Raymundo Despont congregó Sínodo en 1298. Pero Diago, que asegura haberle visto, dice que le celebró en 1296 a 19 de Septiembre, y que en él hace mención este Obispo de haber compuesto el tratado de Sacramentis, y de haberle aprobado el Sínodo (a: Diago, Historia de la Provincia de Aragón de la Orden de Predicadores lib. I. cap. VIII.). De este opúsculo y de otros de aquel Prelado hablan Nicolás Antonio y Echard en sus Bibliotecas. Sin duda podríamos prometernos algunas ventajas para la historia litúrgica de España, si se conservasen los preciosos códices que legó en su testamento a este convento de Predicadores y a los de Xátiva y Lérida. El ordinario de Valencia de 1527 nos guardó una constitución de este Prelado de exequiis mortuorum, cuya copia incluyo junto con lo que se establece en el mismo sobre esa materia (a: V. el apéndice número III.).

A este Prelado sucedió D. Raymundo Gastón, que celebró Sínodo en el año 1326, como consta del citado MS.De D. Hugo de Fenollet dice el mismo: "Congregó Sínodo, el cual fue publicado a doce de las calendas de Noviembre de 1351: en él se determinó, entre otras cosas, que los Rectores y Vicarios publicasen sentencia de excomunión contra los albaceas que dentro de un año no diesen cuenta de su testamentaría, y de haber cumplido cuanto en ella se les encargaba (b).” No he querido omitir esta reliquia que queda de aquel Sínodo. 

(b) Las palabras originales del MS. son estas: Congregá Sínodo, que fon publicat en dotze de les calendes de Nohembre de 1351; en lo qual, entre altres coses, en dit Sínodo determiná que fos per los Reptors (rectors, rectores) y Vicaris publicada sentencia de excomunicacio contra los marmessors, que dins de un any no auran donat conte de sa marmessoria, y cumplides totes les coses que per aquella sera obligat á fer. 

Oxalá (ojalá) halláramos otro tanto del que en el año 1368 celebró el Obispo D. Vidal de Blanes, pues sólo se sabe que hubo tal Sínodo, y que sus constituciones existían en el archivo de la Catedral. El MS. que da esta noticia añade que el mismo Prelado había ya hecho otras muchas constituciones: las cuales hallarás en la colección que dije de las de esta Iglesia. 

Don Hugo de Lupia y Bages (antes pone Bagés) celebró Sínodo en 1422. Así el citado MS., aunque, contra su costumbre, calla el lugar donde se conservan las constituciones. Lo que sé con certeza es, que el año 1408 formó este Prelado con su Cabildo varias constituciones sobre los oficios divinos, las cuales nos ha conservado el Breviario MS. de esta Iglesia del año 1464. Envío copia, porque en el Epítome impreso es muy escasa la memoria que hay de ellas en el título VIII de his quae spectant ad chorum &c. (a: V. el apéndice núm. IV.). 

Todos estos Sínodos que llevo dichos, o por no haberse aún descubierto la imprenta, o por otras causas que no me toca averiguar, han quedado desconocidos al mundo, a excepción de los siete de D. Fr. Andrés de Albalat, que publicó el Cardenal Aguirre, y de algunos leves fragmentos que sólo sirven para aumentar el dolor de ver sepultados en el olvido estos preciosos monumentos, a pesar de la ilustración tan justamente deseada de los buenos en este punto. ¿Y por qué el Cardenal Aguirre no publicó los demás, siendo así que el autor del MS. afirma como testigo que existían sus constituciones en el mismo archivo, y acaso en el mismo códice, de donde se le suministraron copias de los siete de Albalat? Dejemos esto; consuélame haber oído que quizás no está lejos el día en que se haga a toda la nación este presente tan digno de la literatura eclesiástica.

Impaciente estarás con estas digresiones por el ansia de saber algo del Sínodo de Santo Tomás de Villanueva. Voy a satisfacer esta curiosidad, aunque a costa de alguna dilación, que pide el caso.

El M. Fr. Miguel Salón en la vida de Santo Tomás de Villanueva (lib. II. cap. I.) parece dar a entender que este santo Arzobispo celebró Sínodo en el año 1545. De aquí tomaron ocasión los editores de las actas de los Santos para creer que celebró dos Sínodos; uno en dicho año, y otro en el de 1548, inclinándose a que este último fue provincial, y el primero diocesano (a: V. Acta SS. tom. V. Sept. pág. 818.). 

La prueba que alegan de la celebración del primero es la constitución, que se halla al fin del Epítome de las de esta Iglesia, donde se lee: ac insuper inhaerentes constitutioni olim editae per bonae memoriae Thomam de Villanueva Arch. Valent., et tunc existentes Canonicos, et Capitulum, sub die nona Novembris 1545, quae in calce libri constitutionum impressarum habetur &c. Tengo a la vista esta constitución del Epítome y veo que en ella solamente se hace mención de la que hizo el Cabildo de la Catedral acerca de la impresión y debida distribución de los ejemplares de las constituciones valentinas. Por consiguiente, esta no es constitución sinodal, ni hecha en tiempo de Sínodo, sino de la clase de las que dije al principio, que se establecían (1) para el régimen interior de la Catedral. Y para que se acabe de conocer que es equivocada la especie del tal Sínodo de 1545, copiaré lo que dijo el mismo Santo Tomás en el exordio del que celebró en 1548: 

Nos Fr. Thomas &c... qui ex injuncto Nobis officio ad ovium Nobis commissarum statum reformandunm, quas per centum fere annos hac synodali ope, et opera novimus caruisse, propensiùs studemus &c. 

Si Santo Tomás hubiera celebrado Sínodo tres años antes, no dijera que por espacio de un siglo faltaba este socorro a sus ovejas. Item, hubiera hecho mención de él, o para confirmarle, o para reformarle, como lo hicieron el Señor Ayala y el B. Ribera, y todos los posteriores, refiriéndose de un modo o de otro a los Sínodos antecedentes. Y esto mismo hizo Santo Tomás alegando solamente las constituciones de la Iglesia de Tarragona, que se observaban en esta antes de ser erigida en Metropolitana el año 1492. Prueba evidente de que desde el año 1422 hasta el 1548 no hubo Sínodo en esta Iglesia: que son los 126 años que Santo Tomás quiso indicar cuando dijo: per centum ferè annos, en los cuales había carecido también esta Diócesis de la presencia de sus Pastores. Queda pues averiguado que el Sínodo verdadero y único de Santo Tomás de Villanueva se celebró en el año 1548 día 12 de Junio, no 14, como dijo el Cardenal Aguirre publicando las constituciones pro choro, que se hicieron en él. Este es el Sínodo tan suspirado como desconocido en nuestros días del cual aun Escolano que publicó el Epítome de sinodales de esta Iglesia en 1616, no conoció más que las ya dichas ordinationes pro choro. Tan pronto habían desaparecido los ejemplares que de él se imprimieron. Y aun esas se conservaron porque el Santo Arzobispo tenía mandado que se fijasen en los coros de las Iglesias, y también porque se imprimieron al fin del Sínodo diocesano del Arzobispo Ayala. Y esta es la causa por qué el Cardenal Aguirre pudo publicarlas en su colección de Concilios. Al paso que me afligía la ignorancia de lo restante del Sínodo, me creía sin embargo sobre todos afortunado por haber podido ver y copiar las ordinaciones hechas en él para la Iglesia de Xátiva, que se guardan originales en su archivo. No sabía yo la merced que Dios me tenía guardada de hallar un ejemplar impreso de este precioso monumento, que pudo libertarse de la suerte que experimentaron los otros. Las circunstancias que acompañaron y proporcionaron este hallazgo me son de tanto consuelo, como el que tuve al leer el texto del Sínodo por un ejemplar auténtico. Ni me harto de bendecir la mano del Religioso de mi Orden, que tuvo la precaución de coserlo en las tapas del Epitome constitutionum Sedis Valentinae, y depositarlo así en la Biblioteca de este convento de Predicadores. Las pocas hojas de que consta, así como separadas se perdieran, fueron tal vez la causa de que escapase a la diligencia del que formó los índices de la Biblioteca. Yo mismo que he tenido varias veces dicho libro en mis manos, jamás había echado de ver la joya que contenía, hasta que Dios quiso dármela a conocer por una casualidad que no es para escrita. Le he dejado ver a algunos amigos, los cuales manifestaron como yo su gozo, besando repetidas veces la imagen del crucifijo que tiene en la portada. Demostración en que nada hay que extrañar ni que reprehender.

Como es muy posible que sea el único ejemplar que se conserve de este Sínodo, he mandado sacar una copia puntual y exacta, la cual incluyo, por no dilatarte el gusto de leerle. En los veinte y dos artículos de que consta, campea la unción y el celo según ciencia, de que estaba poseído aquel santo Prelado. En el 2.° quita todas las censuras eclesiásticas impuestas por sus antecesores, porque no sirviesen de lazo de perdición a sus súbditos. En el 8.° disminuye el número de las fiestas: ut festivitates SS., dice, melius observentur, et ne populus fidelis festorum multitudine gravetur, aliisque justis adducti causis. En el 19 establece que se observe acerca de los derechos funerales la concordia hecha por S. Vicente Ferrer entre los cleros y monasterios; de la cual hablaré otro día. En el 20 manda que se fijen en el coro de las Iglesias las ordinaciones que para la mayor decencia y gravedad del culto se habían hecho en el Sínodo. En fin verás en los demás prohibidas severamente las qüestuaciones, las vigilias en las iglesias, los sermones profanos en los días de S. Nicolás e Inocentes; reformados los desórdenes del clero, que por la larga ausencia de los Pastores había degenerado de su vocación, como consta por las historias impresas de aquel tiempo. Espero que me des las gracias por este precioso monumento, así como yo con sólo su hallazgo doy por bien premiadas todas mis fatigas.

Se me olvidaba decir, que el impreso es un cuaderno en 4.° de ocho hojas, y letra regular. Se imprimió en el mismo año 1548 por Juan de Mey. Al fin se halla la nota de los casos reservados en esta Diócesis: para la cual sola establece sus leyes, sin hacer memoria de las sufragáneas. Porque veas qué buen camino lleva este Sínodo de ser provincial. 

En el mismo se hicieron las constituciones que dije para la Iglesia de Xátiva, las cuales van por este correo, junto con una copia del testamento de dicho santo Arzobispo y la declaración que hizo a 11 (parece II) de Septiembre de 1548 sobre las personas y casos en que se deben dar o negar las distribuciones cotidianas en esta Diócesis. Todo inédito y muy digno de la luz pública (a: Todos estos documentos se hallarán en el apéndice número V. y siguientes.). Vamos adelante.

Don Martín de Ayala, en cumplimiento de lo mandado en el santo Concilio de Trento, á (al) que había asistido siendo Obispo de Segovia, luego que vino a esta Iglesia congregó Sínodo Provincial, el primero y último que se ha celebrado en ella. Comenzó en 11 de Noviembre de 1565, y se concluyó a 24 de Febrero del año siguiente. Concurrieron el Obispo de Mallorca Diego de Arnedo y Juan Segrián (o Cebrián, según dice Salón), Obispo Christopolitano, como procurador del de Orihuela (a). Consta el Sínodo de cinco sesiones; en él se determinó el arancel y tasa de los gastos curiales. Todo lo imprimió Juan de Mey en ese año 1566. 

No contento con esto el celoso Prelado, celebró Sínodo diocesano el mismo año por el mes de Mayo. Acaso se retardó su impresión por la muerte del Señor Ayala acaecida a principios del Agosto siguiente. Pero al fin le imprimieron Álvaro Franco y Gabriel Ribas el año 1594 en 8.° Ambos Sínodos se hallan en la colección del Cardenal Aguirre con todos los documentos en pro y en contra del primero, que omito por ser cosa notoria.

El largo pontificado del B. Juan de Ribera dio ocasión a que se desahogase su celo en la celebración de varios Sínodos, de cuyo número y épocas hay noticias harto confusas, por lo escasos que han venido a ser sus ejemplares. 

(a) No asistió a este Concilio provincial el Obispo de Segorbe, porque esta Iglesia no comenzó a ser sufragánea de Valencia hasta el año 1577, en que desmembrada de Albarracín, dejó de ser sufragánea de Zaragoza. 

Todos ellos son siete, es a saber: los de 1578, 84, 90; otro de Octubre del mismo año, y los de 94, 99 y 1607. Los cinco primeros imprimieron Franco y Ribas el año 1594: el sexto de 1599 le imprimió el mismo año Pedro Patricio Mey. He visto estas ediciones, inclusa la última, que es sobre todas rara, en la exquisita librería de D. Rafael Anglés. Con primera ocasión enviaré los cuatro primeros Sínodos, junto con los de Ayala que he adquirido estos días. El Sínodo de 1607 no se imprimió, que yo sepa, y sólo han visto la luz pública los extractos que de él injirió Escolano en su Epítome constitucion. sinodal. De todos ellos sólo publicó el Cardenal Aguirre el segundo, tercero, cuarto y quinto. Y esto es lo que he podido averiguar de su número, épocas y ediciones. Acerca de su mérito y de lo útiles que serán para nuestra obra litúrgica, tú sabrás juzgar mejor que yo; ahora sólo trato de concluir mi relación. Pasados veinte y cuatro años, en el de 1631, congregó Sínodo D. Fr. Isidoro Aliaga, cuya edición se hizo el mismo año en la imprenta de Chrisóstomo Garriz. Son muy estimables las oportunas advertencias que se hicieron en este Sínodo para los edificios y fábricas de los templos, y cuanto pertenece al culto divino. Otro Sínodo celebró el Arzobispo Don Fr. Pedro de Urbina en 1658, un año antes de ser trasladado a la Iglesia de Sevilla, y en el mismo le imprimió en folio Bernardo Nogués. También se publicó en el mismo año de su celebración el que congregó D. Fr. Tomás de Rocaberti en 1687, en folio por Jayme Bordázar. Este es último Sínodo de esta Iglesia. 

Gaspar Escolano compuso un breve Epítome de todos los celebrados desde el año 1548 hasta el 1616 en que publicó su trabajo, reducido a un tomito en 8.° de pocas páginas, impreso por Pedro Patricio Mey, y dedicado a D. Fr. Isidoro Aliaga. Esta obrita más bien debe llamarse muestra que análisis completo aun de los pocos Sínodos que abraza, que sólo son los de Ayala y Ribera, y las ordinationes pro choro de Santo Tomás.

Para que tengas a mano y como en epílogo la razón puntual del número de estos Sínodos y de los que se han impreso, he formado el estado siguiente. 


Sínodos. Impresos. 


D. Arnaldo de Peralta

D. Fr. Andrés Albalat 7

D. Jasperto de Botonach

D. Raymundo Despont 1

D. Raymundo Gastón 1

D. Hugo de Fenollet

D. Vidal de Blanes 1

D. Hugo de Lupia 1

Santo Tomás de Villanueva 1 1

D. Martín de Ayala 2 2

B. Juan de Ribera 7 6

D. Fr. Isidoro de Aliaga 1         1

D. Fr. Pedro de Urbina 1         1

D. Fr. Tomás de Rocaberti 1 1

(Totales) 27 19

Ocho son los inéditos; aun los diez y nueve que se publicaron han venido a hacerse rarísimos. No puede calcularse el fruto que causaría su lectura a los eclesiásticos y personas piadosas que carecen de ella por no hallarse quien haga una colección de todos, o á lo (al) menos reimprima los ya publicados. ¡Cuán loablemente emplearía su talento el que se dedicase a esta obra, o lo menos a ordenar y reducir a un cuerpo de doctrina todos los decretos de estos Sínodos, como lo han hecho ya otras Diócesis acaso de menos ilustración, y de más cortos auxilios! Estas son las ricas telas, y la pedrería y alhajas que más hermosean a las Iglesias. El que las ama de corazón se duele al ver algunas de ellas despojadas de tan rico atavío.

Dios te guarde. Valencia 9 de Noviembre de 1802. 

P. D. 

He dicho que (en) otro correo hablaría de la concordia o sentencia arbitral que dio San Vicente Ferrer en el pleito entre los Mendicantes y parroquias de Valencia, sobre derechos funerales, entierros, procesiones &c.; la cual mandó observar Santo Tomás de Villanueva en su Sínodo, cap. XIX. Mas habiéndose concluido a tiempo una copia que ha sacado de su mano mi docto amigo el P. Lr. Fr. Bartolomé Ribelles de mi Orden, Cronista de esta ciudad y reino, te la envío con todos los demás papeles (a: V. el apéndice núm. X.). Es documento apreciable para conocer la disciplina exterior y costumbres de aquel tiempo sobre esa materia. En sola su lectura se ve la sinrazón con que pretenden aquí algunos que no se debe llamar sentencia de S. Vicente. Es muy cierto que no la extendió el Santo, sino, como se lee poco después del principio, el Notario Jayme Rovira y Francisco Cortit, ciudadanos de Valencia, los cuales la entregaron al Santo para que la publicase. Mas si esto basta para que no se llame sentencia de S. Vicente acaso no se hallará una en el mundo que deba atribuirse al juez que la pronunció. En ella S. Vicente se llama, y fue el juez árbitro elegido por las partes con el Cura de S. Martín Pedro Peregrí, a los cuales se les dieron por consejeros, o digamos asesores, los ya dichos Rovira y Cortit: estos, como sucede ahora, ordenaron y extendieron la sentencia, en la cual sólo S. Vicente pronuncia como juez por hallarse ausente su compañero. Así que, con toda propiedad atribuyó nuestro Arzobispo Santo Tomás esta sentencia a San Vicente Ferrer. En el membrete verás que la copia no se sacó del original, que no ha sido posible hallar: y que son de los copiantes los solecismos e inexactitud que se echan de ver, singularmente en el exordio. 

A Dios otra vez. 


NOTAS Y OBSERVACIONES. 

(1) Para el régimen interior de la Catedral. Posteriormente he podido ver la constitución citada, y puesta a la larga al fin de la colección grande impresa el año 1546. Dice así: "Jesu Christi Domini nostri, ejusque intemeratae Virginis Mariae Matris, *gratiam humiliter imploratam; pateat cunctis quod Nos Canonici et Capitulum sanctae Metropolit. Ecclesiae Valent. in quo sumus praesentes Hieronym. Carroç Vicarius generalis, Michael Perez de Miedes Archidiac. Muriveteris (también Bernardo Gómez Miedes fue arcediano de Murviedro, archidiacono), Michael Dassio &c.... Statuimus, et ordinamus, quod constitutiones sive ordinationes nostrae insignis Metropolit. Ecclesiae Valent. nunc de novo imprimantur; ex quibus triginta dumtaxat volumina, sive exemplaria conficiantur. Ita tamen quod unicuique ex Canonicis qui nunc sunt, vel pro tempore fuerint, qui resideant in dicta Ecclesia unum volumen sive exemplar dictarum constitutionum tradatur &c.... Quod est actum Valentiae in Capitulo dictae Sedis, die nona Novembris, anno a Nativitate Domini 1545. = Signa nostrum Hieron. Carroç Vicarii generalis, Michaelis Perez &c. qui haec mandamus, concedimus, et firmamus.” 

Consta pues que la constitución citada por los editores de las actas de los Santos está tan distante de ser sinodal, que ni aun suena en ella el nombre del Arzobispo, y sólo fue acordada por el Capítulo de Canónigos, presidiendo el que entonces era Vicario general (Gerónimo Carroz, Carroç, Carrós).